Este es el edificio del Ayuntamiento de Láchar.
Ayuntamiento, alcaldía, corporación local, corporación municipal, gobierno local o gobierno municipal, son distintos nombres para la institución que realiza las funciones de órgano de gobierno o administración local de un municipio.
Suele estar presidido por un alcalde, intendente,
presidente de comuna o presidente municipal, que ostenta la presidencia
de la administración local y del pleno municipal; y formado por los concejales o ediles
que, reunidos en pleno, ejercen la potestad normativa a nivel local. En
algunos casos los ayuntamientos de pueblos pequeños se gobiernan por
algún tipo de sistema asambleario, como el tradicional que en España se denomina concejo abierto, o Concejo Deliberante (en países como Argentina).
Por extensión, también suele llamarse ayuntamiento, municipalidad o comuna a la casa consistorial, el edificio que cumple las funciones de sede principal de la institución.
Generalmente, el ayuntamiento es el órgano administrativo de menor
rango territorial y, por tanto, el más cercano al ciudadano; aunque los
municipios grandes suelen subdividirse administrativamente en barrios, distritos, cuarteles, secciones, delegaciones, sindicaturas o pedanías (estas últimas de carácter más rural).
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